¿Qué significa condición? (.NET)
condición [
con-di-ción]
(Acción de condecir o la palabra proviene del verbo condecir).
[sustantivo femenino]
índole,
naturaleza o
propiedad de las cosas.
- Natural,
carácter o
genio de los hombres.
- Estado, situación
especial en que
se halla
una persona.
- Calidad del nacimiento o
estado de los hombres;
como de
noble,
plebeyo,
libre,
siervo, etc.; suele usarse
por sólo la
calidad de
noble.
- Constitución primitiva y
fundamental de
un pueblo.
- Calidad o
circunstancia con que
se hace o promete
una cosa.
- En
filosofía,
lo que
no influye en el
efecto,
pero se requiere
para que influya en la causa;
así, el
conocimiento de
algo que amamos es
sólo c.
del amor,
pero la
causa es la
bondad misma del objeto. La c. puede
ser exclusiva o no; difiere,
pues, de la
causa, en que ésta es
determinante.
Aunque muchas veces es
difícil distinguir
cuándo una cosa es
causa o c., puede
servir de
criterio la
relación que existe
entre el
efecto producido y
lo que puede producirlo. Referente a la c. han surgido problemas
como el de la
conexión que existe
entre esta
noción y la de causa; o
sobre el
condicionamiento de la
realidad desde el pensamiento y el
sujeto.
Debe distinguirse
también entre c. y
ocasión.
Queda,
por último,
un sentido lógico de la c.
como significado particular de
una forma del lenguaje.
- En
derecho,
acontecimiento incierto o ignorado que influye en la
perfección o
resolución de ciertos actos jurídicos o de
sus consecuencias.
- [plural]
Actitud o
disposición.
- c. callada: la
tácita.
- c. casual: en
derecho, la que
no depende
del arbitrio de los hombres.
- c. convenible: en
derecho, la que conviene al
acto que
se celebra y
sobre que
se pone.
- c. desconvenible: la que
se opone a la
naturaleza del contrato,
acto o
derecho, o a
sus fines.
- c. deshonesta: la
torpe.
- c. imposible de derecho: la que
se opone a la
honestidad o a la
ley.
- c. imposible de hecho: la que consiste en
un hecho irrealizable.
- c. mixta: la que en
parte depende
del arbitrio de los hombres, y en
parte del azar.
- c. necesaria: la que es
preciso que intervenga
para la
validación de
un contrato,
acto o
derecho.
- c. potestativa: aquella cuyo cumplimiento depende de la
voluntad del interesado, que es
lícita e^ las sucesiones y que anula la
obligación contractual que de ella dependa.
- c.
resolutoria: cláusula resolutoria.
- c. sine qua non: aquella sin la
cual no se hará
una cosa o
se tendrá
por no hecha.
- c. suspensiva: aquella cuyo cumplimiento es
necesario para la
eficacia del acto o
derecho a que
afecta.
- c. tácita: en
derecho, la que,
aunque expresamente no se ponga, virtualmente
se entiende
puesta.
- c. torpe: la que es
inmoral.
- de condición: modo [adverbio] De
suerte, de
manera.
[sustantivo femenino]
índole de las cosas.
- Carácter de las personas.
- Cláusula de la que depende la
validez de
un acto.
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