corregidora [
co-rre-gi-do-ra]
(Ver también alcalde corregidor).
[adjetivo] Que corrige.
- [sustantivo masculino]
Alcalde que,
con arreglo a
cierta legislación municipal, nombraba libremente el
rey en algunas poblaciones importantes
para presidir el
ayuntamiento y
ejercer varias funciones gubernativas.
Este funcionario apareció
por primera vez en algunas ciudades de
Castilla durante el
siglo XIV.
Nombrado por el
rey,
no era vecino de la
ciudad,
sino que venía a ella
para supervisar y
ayudar en
su gestión a los regidores, principales cargos administrativos municipales.
Tras el
colapso de la
monarquía en la
Castilla del siglo XV, las
cortes de Toledo de 1480 aprobaron el
nombramiento de c.
para todas las principales ciudades castellanas. Fue la
más efectiva de las medidas tomadas
por los Reyes Católicos
para extender el
poder real a las municipalidades.
Sus deberes eran a la
vez administrativos y judiciales y, en
teoría, permanecía en
su puesto sólo durante dos años,
aunque en la
práctica la
duración de
su cargo era mucho más larga. Al
finalizar su mandato se veía sometido a
una “residencia” o investigación
acerca del modo cómo había
cumplido sus deberes. Los
comuneros pidieron en
su revuelta que
no se nombrase a
ningún c.
salvo si lo pedía la
ciudad interesada. El
carácter municipal de los c.
se mantuvo
durante todo el reinado de los Austrias,
pero al
acceder al
poder los Borbones tuvieron
una función de
carácter comarcal. Las provincias
se dividían en partidos, a
cuyo frente se hallaban los c. delegados
del poder central, que gobernaban y administraban
justicia. En el
siglo XIX desaparece la
figura del c. y
sus funciones
se las reparten los jueces, al
frente de partidos judiciales, los alcaldes y los delegados
del gobierno.
[adjetivo] [sustantivo] Que corrige.
- Ant.
alcalde y
funcionario gubernativo.
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