causa [
cau-sa]
(Esta palabra proviene del latín causa, y este calco del griego αἰτία).
- Es una
conjugación del
verbo causar. Si lo desea puede consultar la
conjugación completa del verbo causar.
[sustantivo femenino]
Principio explicativo de la
existencia y
del cambio en el
ser de las cosas. La c.
se opone y define
por el
efecto, relacionados intimamente
por un nexo llamado →causalidad. La
doctrina de las c. es
una de las primeras cuestiones filosóficas y
se halla en la
base de
todo sistema,
por cuanto en ella
se explica la
concepción estática o
dialéctica del ser.
Aristóteles estableció cuatro: la c.
formal o
aquello por lo cual la
cosa causada es
lo que es y
no otra cosa; la c.
material o
aquello con que
se hace la cosa; la c.
eficiente o
aquello que
con su impulso físico positivo provoca el
cambio (de la
no existencia al ser) en
otra cosa distinta de sí; y la c.
final o
aquello hacia lo cual tiende el
ser que cambia. Las dos primeras
son intrínsecas, puesto que permanecen en el
efecto causado; las otras dos
son extrínsecas. En el Medievo
se añadió a éstas la c.
ejemplar o el
modelo arquetípico, y
se distinguió
entre c.
primera (Dios) y c.
segunda (las criaturas);
entre c. próxima y c. remota; y
entre c.
principal y c.
instrumental.
Con la
ciencia nueva, que
se impone en el
Renacimiento,
se abandona esta
noción de la c.
por otra cuyo principio es la
condición y
se expresa en la
ley de
causalidad. Permanece solamente la c.
eficiente, y
causalidad se contrapone a
finalidad. El racionalismo aportó
un nuevo aspecto: c. equivale a
razón de
ser, y la
causalidad se rige
por el
principio de
razón suficiente o
determinante,
según el
cual nada existe en el
orden de la
esencia o de la
existencia que
no tenga
su razón de
ser intrínseca o
extrínseca, y,
por tanto, la
inteligencia puede detectarla. Esta
afirmación se hacía
insostenible para el
empirismo, que sustituyó la
noción de c.
por la sucesión de fenómenos ligados
por una asociación. Kant, en
su intento de
armonizar empirismo (objetividad) y racionalismo (universalidad), consideró la c.
una categoría apriorística y sintética
del entendimiento,
sin la
cual no sería
posible superar la
mera percepción temporal y,
por tanto,
tampoco fundamentar una ciencia universal. Modernamente
se tiende a
sustituir la
noción de c.
por la de
ley —o función—, abandonando
así el
campo ortológico y reduciendo la
relación causaefecto a
una ley de
variabilidad entre dos fenómenos,
susceptible de
ser expresada numéricamente.
Sin embargo, persisten
corrientes que subrayan la tradicional
división entre quienes consideran la
alteridad y quienes expresan la
identidad de
ambos términos.
- Motivo o
razón para obrar.
- Empresa o
doctrina en que
se toma
interés o partido.
- Litigio,
pleito judicial.
- En
derecho,
proceso criminal que
se instruye de
oficio o a
instancia de
parte.
- familiarmente En Perú,
plato criollo que
se come
frío y que consiste en
un puré de papas
aderezado con lechugas,
queso fresco, aceitunas, choclo y
ají.
- c. ilícita: la que
se opone a las leyes o a la
moral.
- c. impulsiva: razón o
motivo que inclina a
hacer alguna cosa.
- c. lucrativa: en
derecho, titulo dimanado de la
liberalidad,
por oposición al conmutativo u
oneroso.
- c. motiva: la impulsiva.
- c. onerosa: en
derecho, la que implica
conmutación de prestaciones.
- c. pública: utilidad y
bien común.
- c. unívoca: la que produce efectos de la
misma especie o
naturaleza.
- c. sui: la que tiene en
si misma la
razón de
su existencia.
Se emplea, en la
filosofía escolástica,
para referirse a
Dios como Ser increado.
- causas mayores: en el
derecho canónico, las que
son reservadas a la
Sede apostólica, de las cuales
sólo juzga el
papa.
- Es una
conjugación del
verbo causar. Si lo desea puede consultar la
conjugación completa del verbo causar.
[sustantivo femenino]
Principio que produce
un efecto.
- [Derecho]
Proceso criminal.
- Doctrina, especialmente
política,
por la que
se toma partido.
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