¿Qué significa contrato? (.NET)


contrato [con-tra-to]
(Esta palabra proviene del latín contractus).

- Es una conjugación del verbo contratar. Si lo desea puede consultar la conjugación completa del verbo contratar.


[sustantivo masculino] Pacto o acuerdo entre dos o más partes con el que se comprometen a cumplir lo convenido.

-  Documento en que se hace constar este pacto.

-  c. a la gruesa: contrato por el que una persona presta a otra cierta cantidad sobre objetos expuestos a riesgos marítimos, con la condición de perderla si éstos se pierden y de que, llegando a buen puerto, se le devuelva la suma con un premio convenido.

-  c. aleatorio: aquel cuya materia es un hecho fortuito o eventual.

-  El que se hace a riesgo y ventura renunciando los contratantes a las consecuencias legales del caso fortuito.

-  c. a riesgo marítimo: c. a la gruesa.

-  c. bilateral: aquel en que se conmutan prestaciones recíprocas entre los otorgantes, y éstos quedan mutuamente obligados.

-  c. consensual: el que se perfecciona por el solo consentimiento.

-  c. de arrendamiento: convención mutua en virtud de la cual se obliga al dueño de una cosa, mueble o inmueble, a conceder a otro el uso y disfrute de ella por tiempo determinado, mediante cierto precio o servicio que ha de satisfacer el que lo recibe.

-  Aquel por el cual una persona se obliga a ejecutar una obra o prestar un servicio a otro mediante cierto precio.

-  c. de cambio: aquel en cuya virtud se recibe de uno cierta cantidad de dinero para ponerlo a disposición o a la orden del que lo entrega, en pueblo distinto, para lo cual se le da letra o libranza.

-  c. de compraventa o de compra y venta: convención mutua en virtud de la cual se obliga el vendedor a entregar la cosa que vende, y el comprador el precio convenido por ella.

-  c. de locación y conducción: el de arrendamiento de bienes muebles o inmuebles.

-  c. de retrovendendo: convención accesoria al c. de compra y venta, por la cual se obliga el comprador a devolver al vendedor la cosa vendida, mediante recobro, dentro de cierto tiempo o sin plazo señalado, del precio que dio por ella.

-  c. enfitéutico: el conmutativo, por el cual el dueño de un inmueble cede el dominio útil, reservándose el directo, en reconocimiento del cual se estipulan el pago de un canon periódico, el de laudemio por cada enajenación de aquel dominio, y a veces otras prestaciones.

-  c. innominado: el que sin adaptarse a los que tienen nombre en la ley, celebran las partes usando la libertad de pactar.

-  c. perfecto: aquel que tiene todos los requisitos para su plena eficacia jurídica.

-  c. real: aquel que para el nacimiento de las obligaciones requiere, además del consentimiento, la entrega de cosas, como el simple préstamo, el comodato, la prenda y el depósito.

-  c. sinalagmático:
el bilateral.

-  c. trino: combinación antigua y simulada de los c. de compañía, cesión o compraventa y seguro, que envolvía un préstamo y se celebraba para burlar las leyes sobre usura y tasa del interés.

-  c. unilateral: en el antiguo derecho llamaban así a ciertos c. en que uno de los contrayentes parecía más obligado que el otro; como el mutuo y el depósito.

-  casi contrato: cuasicontrato.

- Es una conjugación del verbo contratar. Si lo desea puede consultar la conjugación completa del verbo contratar.


[sustantivo masculino] Acuerdo de dos o más voluntades, obligándose a dar o hacer.


Más información:



Escriba una palabra para ver la definición:







qsignifica.net

Significado y definición de la palabra




[ Formulario de contacto ][ Política de privacidad ]


(C) www.qsignifica.net