cuantía [
cuan-tí-a]
(Proviene de la palabra cuanto).
- Es una
conjugación del
verbo cuantiar. Si lo desea puede consultar la
conjugación completa del verbo cuantiar.
[sustantivo femenino]
Cantidad,
medida o
número determinado de las cosas susceptibles de
aumento o
disminución.
- Medida o
cantidad indeterminada o vagamente determinada de las cosas.
- Suma de cualidades o circunstancias que enaltecen a
una persona o la distinguen de las
demás.
- En
derecho,
valor de la
materia litigiosa. La c. de
lo reclamado sirve, en los procesos
ante tribunal civil ordinario,
para establecer el
tipo de
juicio que corresponde. En
general,
cuando el demandado
no está de
acuerdo con el
valor dado a la
cosa en
litigio,
se nombran
tres peritos, dos
por las partes y
uno por el
juez, que determinan la c. La
decisión final corresponde al
juez, y es
inapelable. En España
se consideran asuntos de
mayor c. los que exceden de 50000 pesetas, y de
menor los que
se encuentran
entre 50 y 20000 pesetas. En litigios de c.
menor de 20000 pesetas,
son competentes los jueces comarcales y municipales;
para cantidades superiores a 20000 pesetas intervienen los jueces de
primera instancia.
- Es una
conjugación del
verbo cuantiar. Si lo desea puede consultar la
conjugación completa del verbo cuantiar.
[sustantivo femenino]
Cantidad concreta.
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