celiaco [
ce-lia-co]
(Esta palabra proviene del latín coeliăcus, y este del griego κοιλιακός, de κοιλία, vientre).
(o celíaco, ca) [adjetivo] Perteneciente o relativo al
vientre o a los intestinos.
- [adjetivo] [sustantivo] Enfermo de
celiaca.
- [adjetivo] Perteneciente a esta
enfermedad.
celibato [sustantivo masculino]
Estado de la
persona que
no ha contraído
matrimonio. En las sociedades primitivas y clásicas, guardaba
relación con determinadas prácticas religiosas (por ej., el
culto de Vesta);
pero se consideraba en
general que el
estado perfecto era el
matrimonio,
porque, al
asegurar la
descendencia, permitía
cumplir el
deber de
honrar a los difuntos, que gozarían, gracias a ello, de
paz en el
otro mundo. Las religiones estatales rechazaron o prohibieron el c. (Creta,
Atenas, Esparta y Roma).
Lo observaron los esenios y los monjes de Qumrán, y
lo respetan muchas órdenes monásticas budistas. El
Islam lo tiene
por reprobable, y los judíos consideran
una bendición divina a los hijos y nietos. Los sacerdotes católicos apostólicos romanos, basándose en la
enseñanza de
Jesús y de
san Pablo, están obligados al c.
por una disposición positiva, que
se esboza en el
concilio de Elvira (hacia 300) y que el
concilio de Trento (1545-1563) define
con claridad.
Desde el
siglo XIX han existido
corrientes favorables a la
supresión del c. de los sacerdotes,
pero la
iglesia católica romana se ha mostrado
siempre contraria a ella. La
iglesia católica oriental estableció restricciones matrimoniales en 692 (concilio “en trullo”), que
se respetan todavía: los obispos deben
observar rigurosamente la
continencia, y,
si se hubieran
casado antes del episcopado,
su esposa ha de retirarse a
un monasterio. El vinculo
conyugal se permite a los sacerdotes, diáconos y subdiáconos,
si es
anterior a la
recepción de órdenes sagradas mayores.
- familiarmente
Hombre célibe.
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